viernes, 19 de agosto de 2011

NUESTRA RAZON.

SOMOS UNA INICIATIVA DE ENSEÑANZA DIRIGIDA A LA CAPACITACION Y EL DESARROLLO DE RECURSOS HUMANOS EN LAS ORGANIZACIONES.

Parte de los problemas que afectan la productividad y eficiencia de las organizaciones en el mundo, se presentan casi siempre por deficiencias en la capacitación del personal laboral y de los cuadros de las gerencias operativas y supervisoras de las actividades productivas. Es por ello que contar con personal profesional con amplias competencias, capacitado y actualizado continuamente en los conocimientos y métodos eficaces de ejecusion y dirección del trabajo, es la clave del éxito para lograr la máxima efectividad en los procesos de creación de bienes y servicios de alta calidad, que permitan el sostenimiento de las organizaciones.

MISION Y VISION DE INSTRUMENT DE DESRROLLO DE PERSONAL

Nuestra empresa tiene como  mision fundamental   proveer a las organizaciones empresariales e instituciones publicas, el mejor servicio didáctico de capacitación profesional. Teniendo como vision ser una organizacion academica líder en el mercado nacional e internacional de formacion y desarrollo de capital humano.

“Si lo puedes soñar, lo puedes hacer realidad,  Piensa, cree y actúa".

NUESTROS PRODUCTOS  SON EXCELENTES EXPERIENCIAS DE APRENDISAJE.
                                    
                                                    PROGRAMACION DE CURSOS:
  • CURSO BASICO DE SUPERVISION EFECTIVA.
  • GERENCIA TRANSFORMADORA
  • ANALIS TRANSACCIONAL Y RELACIONES INTERPERSONALES.
  • AUTOESTIMA Y RELACIONES INTERPERSONALES.
  • MARCO JURIDICO REGULATORIO DE LA ADMINISTRACION DE PERSONAL..
  • MANEJO E INTERPRETACION DE LA LOPCYMAT.
  • HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL.
  • TALLER DE ANALISIS DE RIESGOS EN EL TRABAJO.
  • MANEJO DE CONFICTOS EN LAS ORGANIZACIONES.
  • COMUNICACIONES EFECTIVAS.
  • ISO 9001-2000           

     CAPACITAMOS RECURSOS HUMANOS PARA LA VIDA, CON VISION DE EXCELENCIA Y LIDERAZGO

@twiteralexis
blanco_alexis70@hotmail.com

NUESTROS PRODUCTOS.

PROGRAMACION DE CURSOS:
  • CURSO BASICO DE SUPERVISION EFECTIVA.
  • GERENCIA TRANSFORMADORA
  • ANALIS TRANSACCIONAL Y RELACIONES INTERPERSONALES.
  • AUTOESTIMA Y RELACIONES INTERPERSONALES.
  • MARCO JURIDICO REGULATORIO DE LA ADMINISTRACION DE PERSONAL..
  • MANEJO E INTERPRETACION DE LA LOPCYMAT.
  • HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL.
  • TALLER DE ANALISIS DE RIESGOS EN EL TRABAJO.
  • MANEJO CONFICTOS EN LAS ORGANIZACIONES.
  • COMUNICACIONES EFECTIVAS.
  • ISO 9001-2000
           
NUESTROS PRODUCTOS  SON EXCELENTES EXPERIENCIAS DE APRENDISAJE.
     CAPACITAMOS RECURSOS HUMANOS PARA LA VIDA, CON VISION DE EXCELENCIA Y LIDERAZGO

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blanco_alexis70@hotmail.com

miércoles, 17 de agosto de 2011

EL FEEDBACK EN LA SUPERVISION EFECTIVA..

El Feedback, es un término de origen anglosajón que Significa “Retroalimentación” y constituye una tecnica de comunicación efectiva utilizada para mejorar las relaciones humanas en cualquier ambiente de trabajo, a través de mensajes que permiten la modificación o el reforzamiento de las conductas en las personas.
LA RETROALIMENTACION: Es el conjunto de reacciones o respuestas que manifiesta un individuo receptor (Cambio de conductas, ente otras) respecto a la actuación o mensaje del individuo emisor, lo que es tenido en cuenta por este para cambiar o modificar su mensaje y sus actuaciones de ser preciso.
A la retroalimentación también se le conoce como retro aprendizaje o alimentación en retorno, es decir el que se produce a través de los mensajes que devuelven los individuos receptores de un entorno, sobre las acciones y actitudes que se tienen para con ellos.
El feedback en el medio laboral es una forma de comunicación o transacción y significa que la persona que lo da o emite (Supervisor o Gerente) está informando a quien lo recibe acerca del desempeño, comportamiento o grado de efectividad que éste último ha tenido o debe de tener en una tarea o gestión realizada. El feedback Busca como respuesta del individuo receptor (Trabajador) la modificación de su conducta, así como el mantener e incrementar los puntos fuertes, y establecer las áreas de mejoras en los puntos débiles que lo precisen. En el feedback cada mensaje que se emite debe de buscar la retroalimentación, es decir el aprendizaje mutuo a través de las respuestas que emiten los individuos que se comunican receptor y emisor.
El feedback puede ser implícito o explícito.
El implícito: Es el que se da a través de gestos o expresiones, tonos de voz y cualquier otra señal no verbal que refleje aprobación o desaprobación. El feedback implícito puede ser incompleto ya que quizás no abarque todo el sentir que se le pretende dar al interlocutor. En cambio, el feedback explicito permite dar al que lo recibe con la mayor naturalidad posible la información clara de lo que se pretende de él, sin que tenga que suponerlo o adivinarlo, simplemente ha de escuchar y comenzar a mejorar su conducta.
Cuanto más positivo sea el feedback hacia el trabajador a través de comentarios y gestos positivos, más aumentara su satisfacción e incrementara el nivel de colaboración hacia el supervisor. Pero cuando el feedback es negativo, lo puede recibir como algo amenazante y esto reducirá la satisfacción del trabajador y su nivel de colaboración y compromiso para con la organización.

CARACTERISTICAS DEL FEEDBACK SUPERVISORIO:
-El feedback debe ser oportuno y discreto.
-Debe basarse en observaciones efectuadas personalmente por el Supervisor.
-Debe de ser de carácter descriptivo y no evaluativo.
-Debe referirse a conductas susceptibles de cambiar o modificar.
-Debe referirse a situaciones concretas y no a generalizaciones.
-No debe generar discusión ya que lo que se busca es informar y cocientizar al interlocutor o trabajador sobre la conducta observada.
-El feedback no se defiende, es decir no debe producir defensa inmediata en quien recibe el mensaje, si no generar un cambio de conducta posterior a las observaciones.
Para finalizar amigos lectores, recuerden que el feedback busca dos cosas fundamentales; La modificación de las conductas de los individuos receptores y el retro aprendizaje de quienes lo emiten...
Pensamiento Motivante:
Si las cosas no salen del modo en que las planeamos, por lo general pensamos que hemos fracasado, pero no es así, no hay fracaso en la vida, solo retroalimentación...
Por: Lic. RI: Alexis E Blanco Blanco
Consultor en Gerencia de Recursos Humanos.
http://www.calidadysupervision.blogspot.com/
@twiteralexis
Tlef: 58-0424-4043946.
blanco_alexis70@hotmail.com

EL ROL DEL SUPERVISOR EN EL DESARROLLO DE LA ACTITUD POSITIVA HACIA LA SEGURIDAD LABORAL

El desarrollo de una actitud positiva en los trabajadores en relación a la productividad con seguridad es una de las tareas más Importante del supervisor operativo. El supervisor debe familiarizarse e involucrarse por completo con sus colaboradores y trabajar con ellos en equipo, lo único que la mayoría de los trabajadores quiere saber es que sus supervisores se interesan, de allí que la comunicación se convierte en un factor fundamental para el desarrollo y mantenimiento de actitudes o conductas seguras en los trabajadores.

La actitud positiva hacia la seguridad se desarrolla a partir de la preocupación por la importancia que tiene seguir los procedimientos de trabajo seguro en todo momento, esta preocupación desafortunadamente no constituye un atributo automático de los trabajadores. Debe ser desarrollada a través de programas bien definidos y con una estrategia de enseñanza adecuada y de incentivos.

ELEMENTOS IMPORTANTES A CONSIDERAR PARA EL DESARROLLO DE LA ACTITUD PSICOLÓGICA POSITIVA DEL TRABAJADOR HACIA LA SEGURIDAD LABORAL:

I) Comunicación:

Los supervisores de primera línea deben mantener estrecha comunicación con los subordinados y mostrar preocupación e interés en sus problemas y los de sus familias, para lograr que sus subordinados se sientan lo suficientemente confiados para conversar sobre sus problemas y depositar su confianza en ellos. Ese es el elemento fundamental para elevar la moral del trabajador y captar la atención para lograr su cooperación en mantener la mejor actitud productiva hacia el trabajo en equipo con la mayor responsabilidad y seguridad.

II) Responsabilidad del supervisor hacia los subordinados:

A) El supervisor, debe considerarse a si mismo como un inspector de seguridad de su grupo de trabajo o departamento y velar por que sus supervisados cumplan con las normas de seguridad así como también de que cuenten siempre con los implementos básicos de protección.

B) Organizar conjuntamente con el personal de Seguridad Industrial de la empresa reuniones periódicas con los trabajadores, para estudiar temas referentes a la seguridad en los puestos de labores y los pasos de trabajo seguro que se deben observar y también solicitarles a los trabajadores que aporten ideas y propuestas, para lograr que dichas reuniones sean interesantes y motivadoras.

C) El supervisor tiene la responsabilidad de inspeccionar las áreas de trabajo diariamente al comienzo de la jornada laboral, para detectar posibles defectos en las maquinas, e insistir en que los trabajadores hagan lo mismo utilizando el formato o lista de revisión o chequeo rápido, para dejar constancia escrita sobre las condiciones de operatividad y seguridad del área.

D)"Los supervisores en aras de reforzar el orden y la limpieza de las organizaciones deben procurar el habito de hacer los recorridos de observación o visualización preventiva en las áreas de trabajo cada una o dos horas, acompañado de algún operario en cada ocasión, esto con el fin de poder detectar con tiempo alguna nueva condición insegura presente, es decir sustancias derramadas u objetos peligrosos que hayan quedado durante el proceso productivo y que puedan ocasionar algún accidente".

E) Los supervisores deben siempre procurar elogiar y estimular a los trabajadores cuando el caso lo amerita, con el fin de reforzar o fijar actitudes o conductas positivas hacia la seguridad así como también aconsejar a los mismos sobre aspectos de seguridad después de que ocurre un accidente.

F) El supervisor debe involucrarse en investigar por su parte y con apoyo del personal de Seguridad Industrial los accidentes laborales en forma oportuna y adecuada para garantizar que no vuelvan a ocurrir, incorporando al líder de equipo o jefe de línea en la investigación del siniestro ocurrido solicitándoles informe escrito del caso.

G) Monitorear la actividad de trabajo para asegurarse que los trabajadores siguen los procedimientos de trabajo establecidos y no traten de simplificar los pasos para ahorrar tiempo y esfuerzo, hecho que podría ocasionar accidentes.

H) Nombrar entre los trabajadores al comisionado de supervisión de orden y limpieza de la semana, que ayude a monitorear las actividades del personal de aseo y realice diariamente recorridos de observación o visualización preventiva que permitan detectar posibles condiciones inseguras.

i) La administración del trabajo por parte del supervisor debe de realizarse con el mayor grado de justicia posible, es decir procurando distribuir la carga de trabajo con equidad sin caer en el error de sobre esforzar física y mentalmente al Recurso Humano dejándole expuesto al riesgo de accidente.

RESPONSABILIDAD PENAL DEL SUPERVISOR O GERENTE.

Los supervisores pueden ser responsables penalmente cuando se produzca la muerte del trabajador a consecuencia del incumplimiento de la normativa de orden público sobre la seguridad y salud en el trabajo, tal como lo establece la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (LOPCYMAT).

Sanciones penales por muerte o lesión del trabajador o de la trabajadora.

Artículo 131. En caso de muerte de un trabajador o trabajadora como consecuencia de violaciones graves o muy graves de la normativa legal en materia de seguridad y salud en el trabajo el empleador o empleadora o sus representantes, serán sancionados con pena de prisión de ocho (8) a diez (10) años.

Cuando el empleador o empleadora o sus representantes, actuando en las mismas circunstancias haya ocasionado al trabajador o trabajadora:

1. La discapacidad total permanente que lleve asociada la imposibilidad del trabajador o de la trabajadora para realizar los actos elementales de la vida diaria, la pena será de cinco (5) a nueve (9) años de prisión.

2. La discapacidad total permanente para cualquier tipo de actividad, la pena será de cinco (5) a ocho (8) años de prisión.

3. La discapacidad total permanente para el trabajo habitual, la pena será de cuatro (4) a siete (7) años de prisión.

4. La discapacidad parcial permanente, la pena será de dos (2) a cuatro años de prisión.

5. La discapacidad temporal, la pena será de dos meses a dos años de prisión.

6. La discapacidad temporal que lleve asociada la imposibilidad del trabajador o de la trabajadora para realizar los actos elementales de la vida diaria, la pena será de dos (2) a cuatro (4) años de prisión.

Hasta tanto no se reforme el Código Penal, el Ministerio Público creará Fiscales Especiales con competencia nacional en materia de salud y seguridad laborales.

Los delitos de esta Ley son de acción pública, sin perjuicio de que los afectados o sus causahabientes puedan ejercer directamente las acciones penales correspondientes, sin intervención del Ministerio Público.

De las responsabilidades civiles y penales

Artículo 132. Con la intervención de oficio del representante del Ministerio Público, se ejercerá la acción penal en los delitos tipificados en esta Ley por efecto de la relación laboral, abriéndose el procedimiento en vía jurisdiccional. El agraviado o agraviada, o en caso de su muerte, el cónyuge, sobreviviente, la pareja estable de hecho, ascendientes y descendientes en orden de suceder, están legitimados para ejercer la demanda civil para la reparación de los daños y la indemnización por perjuicios causados.

Por: Lic. RI: Alexis E Blanco Blanco
Consultor en Gerencia de Recursos Humanos.
http://www.calidadisupervision.blogspot.com/
58-0424-4043946